La conducta exigida por el deber constitucional de trabajar

Autores/as

  • Francisco Vigo Serralvo Universidad de Málaga

DOI:

https://doi.org/10.24197/ree.Extraordinario%20monográfico%202.2023.421-449

Palabras clave:

Deber de trabajar, deberes constitucionales, economía de mercado, estudiantes, responsables del hogar familiar

Resumen

En este comentario nos interesamos por el significado del deber de trabajar recogido en la Constitución Española y otras muchas a nivel internacional. Tomaremos como punto de partida el escepticismo doctrinal predominante en cuanto a la juridicidad de este deber para preguntarnos si, en contra de lo que algunos autores sostienen, es posible determinar la conducta exigida por esta disposición constitucional. Encontraremos la respuesta a este interrogante en la voluntad político-constituyente que justifica este deber: la quiso imponer obligación de autosuficiencia material de cada ciudadano y su contribución al bien común. Desde esta premisa, resolveremos que tal deber impone, con carácter general, la ejecución de una actividad económica lícita y demandada por el mercado.

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.

Citas

Alarcón Caracuel, Manuel Ramón (1979), “Derecho al trabajo, libertad profesional y deber de trabajar”, Revista de Política Social. Instituto de Estudios Políticos, vol. 121, pp. 5-39.

Alonso, Eva; Serrano, Mariola y Tomás, Gema (2003), El trabajo del ama/amo de casa. Un estudio jurídico y su consideración ética, Bizkaia, Diputación Foral de Bizkaia.

Cachanosky Juan Carlos (2008), “La Escuela Austríaca de Economía”, Revista de Instituciones, Revista Ideas y Mercados, núm. 49: pp. 16-55.

Cholbi, Michael (2018), “The duty to work”, Ethical Theory and Moral Practice, 21(5), 1119-1133.

Cidoncha Martín, Antonio (2004), Libertad de empresa en el marco de la economía de mercado: el artículo 38 de la Constitución Española, Madrid, Universidad Autónoma de Madrid.

Durkheim, Émile (1982), La división del trabajo social, Madrid, Akal.

Fernández Artiach, Pilar (2006), El trabajo de los internos en establecimientos penitenciarios, Universitat de València, Valencia.

Gorz, André (1995), Metamorfosis del trabajo, Madrid, Sistema.

Melendo Granados, Tomás (1992), La dignidad del trabajo, Rialp, Madrid.

Mercader Uguina, Jesús Rafael (2020), Lecciones de Derecho del Trabajo, 13ª Ed., Valencia, Tirant Lo Blanch.

Millán Puelles, Antonio (1962), Persona humana y justicia social, Madrid, Rialp.

Pinto Fontanillo, José Antonio (2019), “El deber de trabajar: Fundamentación racional y fundamentación jurídica, en A.A.V.V. (Dirs. Fuertes-Planas, Cristina y Aleix Ángel, Sánchez de la Torre): El derecho entre concepciones sistemáticas y visiones literarias, Madrid, Dynkinson, pp. 265-301.

Rallo Julián, Juan Ramón (2019), Liberalismo. Los 10 Principios Básicos del Orden Político Liberal, Madrid, Deusto.

Rubio LLorente, Francisco (2001), “Los deberá constitucionales”, Revista Española de Derecho Constitucional, núm. 62 (mayo-agosto 2001), pp. 11-56, p. 31.

Ruiz-Navarro Pinar, José Luís (2004) “Sinopsis artículo 38”, Congreso de los Diputados, Madrid, Accesible en https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/sinopsis/sinopsis.jsp?art=38&tipo=2

Sagardoy Bengochea, Juan Antonio, y Sagardoy De Simón, Iñigo (1996), “Art. 35: Derechos laborales”, en A.A.V.V. (Alzaga Villamil), Comentarios a la Constitución Española de 1978, Tomo III, arts. 24 a 38. Madrid, Cortes Generales. Editoriales de Derecho Reunidas, 1996, pp. 571-598.

Sastre Ibarreche, Rafael (1996), Derecho al trabajo, Madrid, Trotta.

Vigo Serralvo, Francisco (2019), El derecho al trabajo, un primigenio y alternativo proyecto de Estado social. Reflexiones para el debate sobre la cuestión social contemporánea, Cizur-Menor, Thomson-Reuters, Aranzadi.

Descargas

Publicado

23/07/2023

Cómo citar

Vigo Serralvo, F. (2023). La conducta exigida por el deber constitucional de trabajar. Revista De Estudios Europeos, (Extraordinario monográfico 2), 421–449. https://doi.org/10.24197/ree.Extraordinario monográfico 2.2023.421-449