La doctrina del TEDH sobre el uso excesivo de la fuerza para disolver manifestaciones pacíficas (Comentario a las SSTEDH de 6 de octubre de 2020 en el asunto Laguna Guzman c. España; y 9 de marzo de 2021 en el asunto López Martínez c. España)

Autores/as

  • Juan María Bilbao Ubillos ,

DOI:

https://doi.org/10.24197/ree.80.2022.195-206

Palabras clave:

Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Derechos Humanos

Resumen

La doctrina del TEDH sobre el uso excesivo de la fuerza para disolver manifestaciones pacíficas (Comentario a las SSTEDH de 6 de octubre de 2020 en el asunto Laguna Guzman c. España; y 9 de marzo de 2021 en el asunto López Martínez c. España)

 

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Referencias

Bilbao Ubillos, J. Mª: “Las libertades de reunión y asociación (art. 11 CEDH): algunas vacilaciones en una trayectoria de firme protección”, en La Europa de los Derechos: el Convenio Europeo de Derechos Humanos, coord. por J. García Roca y P. Santolaya, 3ª edición, CEPC, 2014, pp. 511-551.

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Lasagabaster Herrarte, I.: “Artículo 11. Libertad de reunión y asociación”, en Lasagabaster, I. (dir.): Convenio Europeo de Derechos Humanos. Comentario sistemático, Civitas. Thomson Reuters, 2021

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Publicado

2022-06-29

Número

Sección

Decisiones Judiciales Internacionales sobre DDHH en los que España es parte

Cómo citar

La doctrina del TEDH sobre el uso excesivo de la fuerza para disolver manifestaciones pacíficas (Comentario a las SSTEDH de 6 de octubre de 2020 en el asunto Laguna Guzman c. España; y 9 de marzo de 2021 en el asunto López Martínez c. España). (2022). Revista De Estudios Europeos, 80, 195-206. https://doi.org/10.24197/ree.80.2022.195-206