Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Quinta) de 18 de junio de 2024
DOI:
https://doi.org/10.24197/reeap.263.2024.359-365Palabras clave:
Sector lácteo, Inconstitucionalidad, Coste efectivo de producción, Libertad de empresa, ProporcionalidadResumen
La sentencia desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Federación Nacional de Industrias Lácteas (FENIL) contra el Real Decreto 374/2022, que modifica la regulación de precios en el sector lácteo, estableciendo que el precio pactado debe cubrir el coste efectivo de producción. La Sala argumenta que esta obligación busca reequilibrar el poder de negociación en la cadena alimentaria, protegiendo a los productores más vulnerables. La decisión reafirma la legitimidad de la intervención regulatoria en el sector, alineándose con los objetivos de la política agraria común y la normativa europea sobre prácticas comerciales desleales.
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